La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó desde este lunes el servicio para consultar e informar el adelanto de 35% del Impuesto a las Ganancias sobre las operaciones de compra de dólares, así como los gastos en moneda extranjera con tarjetas de débito o crédito, dispuesto desde el mes de septiembre.
Lo hizo mediante la resolución 4885, publicada en el Boletín Oficial, con la que realizó algunas modificaciones a la norma que establece el régimen de retenciones que deben aplicar los empleadores cuando pagan las remuneraciones a sus trabajadores.
“Resulta necesario incorporar la referida percepción entre los conceptos que, habiendo sido informados por los beneficiarios de las rentas aludidas, deben ser oportunamente computados por el agente de retención en la determinación del impuesto a retener”, indicó el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont.
Así los empleados podrán consultar en el servicio “Mis retenciones” el estado de reporte de esas percepciones, y también acceder mediante clave fiscal al servicio “Siradig-Trabajador” a fin de confeccionar el formulario F572web, que es el que mensualmente se utiliza para realizar las deducciones de Ganancias (tanto cargas de familia, alquileres o intereses de créditos hipotecarios, servicio médico, etc). Allí deberán ir al apartado “Otras retenciones, percepciones, pago a cuenta) para informar sobre lo retenido por los bancos. Es un mecanismo similar al que se estableció durante el último tramo de la gestión de Cristina Fernández
Mientras los monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan compras de moneda extranjera pero no están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales, también podrán solicitar el reintegro de la percepción. Pero ese servicio será habilitado el mes que viene.
Las percepciones que se practicaron entre el 16 de septiembre pasado, cuando comenzó a regir el adelanto de Ganancias sobre la compra de divisas, y el 31 de diciembre, serán consideradas por los empleadores en abril de 2021.
