Ayer martes se concretó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación por un hecho acontecido el pasado domingo 11 de junio que tiene como imputado a Hugo Daniel Bystray.
Presidió la audiencia Raquel Tassello, jueza penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Ovalle y Fabiola López, funcionarios de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Vanesa Vera, defensora pública.
El ilícito a investigar acontece el pasado 11 de junio de 2023, siendo aproximadamente las 13:15 hs., cuando la víctima se encontraba atendiendo su local comercial “Feria – Almacén RM”, que se encuentra ubicada en la intersección de calles Héctor Cámpora y Mahuida, del barrio San Cayetano de esta ciudad junto a su esposa y e hijos.
Seguidamente, arribó a dicho local comercial el rodado Chevrolet Corsa 5, color gris, sin capot colocado conducido por Hugo Daniel Bystray, del cual descendieron de la puerta trasera, lateral derecho, dos sujetos de sexo masculino, cuya identidad se ignora hasta el momento. Una vez adentro del local ambos sujetos empuñaron sus armas de fuego y exigieron a los comerciantes que les entregaran su dinero. Y, ante la negativa de la víctima, el sujeto vestido de color negro le efectuó un disparo de arma de fuego que le impacto en la rodilla de la pierna izquierda, provocándole lesiones que en principio revisitarían el carácter de graves y se retiraron ambos sujetos del lugar.
Inmediatamente, los sujetos cuya identidad se ignora se subieron al vehículo Chevrolet sin capot, conducido por Bystray, quien, con el fin de procurar su huida, los sacó del lugar llevando ambos consigo las armas de fuego. Dicha circunstancia fue advertida a personal policial de la Seccional sexta, quienes habiendo arribado al lugar transmitieron la novedad a la red policial, y de este modo personal policial de la seccional cuarta y séptima hallaron el rodado en calle Los Naranjos, frente a la numeración 951, con sus puertas abiertas, documentación a nombre de Brystay y una réplica de arma de fuego y, a unos cien metros, en la intersección de Las Violetas y Huergo procedieron a la aprehensión de Bystray, quien llevaba en sus manos la llave del vehículo Chevrolet Corsa. Los otros dos sujetos no identificados lograron darse a la fuga del lugar. Calificando jurídicamente el mismo como “robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada, por ser cometido en poblado y banda y por la violencia ejercida”, debiendo responder Bystray en calidad de “partícipe necesario”.
La defensora sostuvo que su asistido “no tuvo ninguna participación en el hecho, ni siquiera la de partícipe necesario, entendiendo que no se le puede imputar a Bystray las lesiones graves sufridas por la víctima. Postulando la calificación de robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada”.
Seguidamente los representantes de fiscalía solicitaron la prisión preventiva del imputado por las características graves del hecho y la pena en espera, en caso de recaer condena, peligro de fuga. También por el peligro de entorpecimiento existente.
En contraposición la defensora se opuso a la prisión preventiva y requirió como medida sustitutiva el arresto domiciliario de su asistido. No existen para la defensora los peligros de entorpecimiento, ni el de fuga. Subsidiariamente solicitó que la prisión preventiva sea de un mes.
Finalmente, la jueza penal resolvió declaró legal su detención y formalizar el hecho en contra de Bystray, en base a la calificación legal provisoria de “robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada y por las lesiones graves causadas, en concurso ideal”, debiendo responder Bystray en calidad de “partícipe necesario”. Dando por anoticiado al imputado de ello y por asegurada su defensa técnica. Disponiendo el plazo de seis meses de investigación. Asimismo, dictó su prisión preventiva por el término de un mes.