Este martes, la Cámara en lo Penal confirmó por unanimidad la sentencia de primer grado contra el chofer de colectivos Sergio Britos, rechazando la impugnación presentada por su defensa. De esta manera, se mantiene la condena de 3 años de prisión en suspenso y la imposición de reglas de conducta.
La audiencia de impugnación se había realizado el pasado 18 de febrero, donde la defensa calificó la sentencia como “arbitraria” y solicitó la absolución de Britos. Sin embargo, la fiscal Cecilia Codina argumentó que el fallo debía sostenerse en todos sus términos, postura que finalmente fue respaldada por los jueces.
Los fundamentos de la Cámara
Los jueces Mónica García, Martín Montenovo y Flavia Trincheri analizaron los planteos de la defensa y concluyeron que la jueza de primera instancia, Marcela Tassello, había actuado correctamente al requerir precisiones en la acusación fiscal para garantizar un juicio más preciso.
Uno de los puntos clave de la discusión fue la ubicación del impacto. Mientras la fiscalía sostuvo que la víctima fue golpeada por la parte frontal izquierda del colectivo, la defensa argumentó que el impacto ocurrió en el costado izquierdo, dentro del «punto ciego» del conductor. Sin embargo, los fotogramas de los videos analizados descartaron la versión de la defensa, al igual que la autopsia, que confirmó que la causa eficiente de la muerte fue el impacto con el colectivo y luego con la acera.
Asimismo, la Cámara descartó que la conducta de la víctima haya sido una concausa que eximiera de responsabilidad a Britos, señalando que el cruce de Amanda González no fue intempestivo y que el chofer, como responsable del vehículo, tenía el deber de cuidado. La valoración de la prueba realizada en primera instancia fue considerada coherente y ajustada a la sana crítica.
La audiencia y el fallo final
El veredicto fue leído por la jueza Mónica García en una audiencia semipresencial, en la que participaron la funcionaria de fiscalía Belén De La Canal y el abogado defensor José María Ferreira de las Casas. También estuvo presente, por videoconferencia, el hijo de la víctima.
Con esta decisión, la sentencia contra Britos queda firme, manteniendo la condena original y las reglas de conducta impuestas.
