La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) introdujo modificaciones en el Manual de Aplicación de la Ley de Etiquetado Frontal, que desde mayo pasado se encuentra completamente en vigor. La medida, —que se introduce a partir de dos disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial— afecta el cálculo de agregados de grasa, azúcares y sodio y la publicidad de los productos. La norma se verá reflejada en los próximos días, cuando las fábricas comiencen a distribuir los alimentos rotulados según las nuevas pautas.
La nueva reglamentación continúa basada en el perfil nutricional establecido por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), pero introduce un cambio clave: el cálculo de nutrientes excesivos, como grasas, azúcares, sodio y calorías, indicados únicamente los ingredientes añadidos durante la producción, no los intrínsecos de los alimentos.
Así, por ejemplo, los alimentos con numerosos componentes, como una mermelada de naranja deberá informar cuánto azúcar se incorpora en su elaboración, más allá del azúcar presente de forma natural en la fruta. Otro ejemplo: en el caso de los frutos secos envasados, dijo, que antes podían tener etiquetas de advertencia debido a sus grasas naturales, con la nueva normativa, alimentos como almendras o maní podrían recibir sellos de “exceso de sodio” o “exceso de grasas” si contienen ingredientes adicionales, como sal o aceites añadidos. Al contrario, productos como la manteca, pese a su alto contenido de grasa intrínseca, evitarían sellos si no incluyen aditivos como sodio.
Fuente: Infobae
























