El Gobierno Nacional anunció este jueves una serie de modificaciones con respecto al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) “a fin de fortalecer la llegada a los sectores más vulnerables”.
A través de la Resolución 16/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció modificaciones en el anexo original del texto que oficializó la medida a fines de marzo.
Destinado a mitigar las consecuencias económicas de la pandemia y la cuarentena por el coronavirus, el IFE abarca a un universo de más de 9 millones de personas y esta semana se inició el tercer pago de los $10 mil.
Sin embargo, tras su lanzamiento se generó polémica en las redes por el supuesto pago del bono a presos. De hecho, a fines de junio trascendió que en Tucumán había un listado de 17 detenidos autorizados para recibir la ayuda estatal.
En ese entonces, el gerente regional del NOA de la ANSES, Jesús Samil, aclaró que los reclusos no estaban contemplados en la medida, pero que pudo haber ocurrido que “un familiar o un abogado los haya anotado, y el sistema los aprobó porque el entrecruzamiento de dato se hace con la AFIP y Migraciones, no con información de la Justicia”.
Ahora, en la resolución publicada este jueves, el Poder Ejecutivo aclaró que “las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas” para recibir el IFE “por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2° (del texto original)”.
En otra modificación se detalló que “cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la ANSES sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente.”
Por otra parte, se determinó que la ANSES solicite a la Agencia Federal de Ingresos Públicos datos de los solicitantes para avalar las respectivas solicitudes. “La Administración Nacional de la Seguridad Social requerirá a la AFIP la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud.”
Requisitos para cceder al IFE
-Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud
-Tener entre 18 y 65 años de edad.
-No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
1. Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
2. Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos.
3. Prestación por desempleo.
4. Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del PROGRESAR.
Exceptúense de los requisitos estipulados en los incisos a), b) y c) a los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.