Deportes

el gobierno nacional autorizó el regreso a las pistas al automovilismo

El Gobierno nacional autorizó hoy la realización de eventos deportivos de carácter internacional y aprobó las recomendaciones para el reinicio de las competencias automovilísticas en el marco de la pandemia por el COVID-19.

La Decisión Administrativa 1582/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, exceptúa del aislamiento y de la prohibición de circular a las personas afectadas al desarrollo, en territorio nacional, de eventos deportivos de carácter internacional.

La norma lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro de Salud, Ginés González García y del ministro del Interior, Eduardo ‘Wado’ de Pedro.

La guía contiene 14 puntos, y es de aplicación obligatoria de las autoridades sanitarias competentes, según el decreto de Necesidad y urgencia N° 297/20 y sus prorrogas referidas al aislamiento social, preventivo y obligatorio como punto de partida, y en base a la experiencia y conocimiento de los expertos.

Los ítems más destacados se refieren a la actividad de los participantes y sus equipos en los circuitos, con las referidas protecciones y cuidados sanitarios, y sobre el modo de provisión de viandas y alimentos.

Durante la jornada

1.1.a) Deberá ser con turno previo a efectos de evitar aglomeraciones

2.2.b) Se exigirá el uso de barbijo casero / tapaboca y el distanciamiento entre las personas, de más de dos metros durante el transcurso de toda la actividad, dentro y fuera del predio. Autoridades de la prueba, controlarán esta normativa.

1.3.c) El control de síntomas se realizará al ingreso y durante la jornada.

2.4.d) La temperatura no superará los 37.5 °C y se realizará mediante termómetros infrarrojos y síntomas como: tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, cefalea, diarrea, pérdida de gusto y/o olfato, vómitos. Para mantener actualizados los informes sobre síntomas o definición de caso, de acuerdo a la dinámica epidemiológica, que presenta se recomienda visitar el enlace https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus- COVID-19-19/definicion-de-caso

  • e) ANEXO I, registro control de temperatura de personal y encuesta de síntomas. La persona que desarrollará la entrevista y control de temperatura será provisto de protección facial, barbijo/tapaboca y EPP apropiado para triage. www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/recomendaciones-uso-epp

6.6.f) Para el desarrollo de la encuesta y toma de temperatura el personal deberá respetar el distanciamiento recomendado entre personas. Al ingreso y previo al uso de las instalaciones o infraestructura, la totalidad del personal debe higienizarse las manos con agua y jabón / alcohol en gel o líquido al 70%.

7.7.g) El registro del ANEXO I, deberá resguardarse a efectos de realizar una trazabilidad clara frente a un caso positivo de COVID-19, hasta que dure la pandemia.

  • h) Deberá llevarse registro que pueda ser entregado a las autoridades sanitarias para realizar un correcto tracing de contactos estrechos, e incluir como mínimo información tal como, número de teléfono, nombre y apellido, hora de entrada y salida, lugar donde se desarrolla la actividad, tareas específicas que desarrolla.

CARACTERISTICAS SOBRE LA DISTRIBUCION DE LOS ALIMENTOS

Los alimentos serán suministrados a los equipos en viandas individuales, las cuales serán distribuidos por el personal de la categoría a modo de delivery por cada box. Cada equipo consumirá estas raciones en su propio lugar de trabajo, manteniendo los dos metros de distancia. Para el personal de trabajo ajeno a los equipos de competición, se adaptarán comedores abiertos, con espacios para que puedan consumir las viandas manteniendo los dos metros de distancia obligatorios.

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