La demanda millonaria por la nacionalización, en 2012, del 51% del paquete accionario de la petrolera YPF continuará radicada en los tribunales de los Estados Unidos, a partir de un fallo de la justicia de Nueva York que desestimó un pedido de la República Argentina para proseguir el juicio en los estrados nacionales.
La jueza del distrito sur de Nueva York, Loretta Preska, rechazó hoy el planteo argentino de traer el juicio al país para que el mismo se dirima bajos leyes argentinas y por lo tanto ordenó a las partes que antes del 19 de junio presenten sus escritos estipulando cómo desean proceder con los próximos pasos del caso.
La demanda se inició en 2015, cuando el fondo Burford Capital adquirió los derechos de litigio de las compañías del argentino Grupo Petersen, titular de un 25% de las acciones de YPF al momento de ser expropiadas, y desde entonces transitó todas las instancias judiciales en Estados Unidos.
Los demandantes, a los que con posterioridad se sumó el fondo Eton Park, acusan a la Argentina de expropiar -en 2012 por aprobación del Congreso de la Nación- el 51% de las acciones de la petrolera en supuesta violación de un estatuto de la compañía que requiere que cualquier oferta de adquisición sea acompañada por una propuesta pública.
Esta tarde, la petrolera comunicó a la Comisión nacional de Valores que «se encuentra analizando la mencionada resolución» y que «interpondrá todos los recursos legales necesarios para defender sus intereses de acuerdo con el procedimiento legal aplicable».
Fuentes locales allegadas al proceso explicaron a Télam que Preska desestimó la excepción preliminar de la República Argentina y de YPF planteada el 30 de agosto en base a la doctrina de “forum non conveniens” (foro no conveniente).
«Dicha doctrina es una facultad discrecional que le permite a un juez, en raras ocasiones, desestimar una demanda aunque tenga jurisdicción», explicaron las fuentes, al aclarar que «la decisión de la Corte fue de naturaleza procesal y sólo resuelve la jurisdicción en la que se desarrollará el juicio».
La postura nacional, hoy rechazada, era que la jueza Preska desestimara las demandas basándose en que la jurisdicción de Argentina – y no la de Nueva York – constituía el foro más adecuado para resolver las demandas por alegados incumplimientos al estatuto social de YPF.
Las demandantes se opusieron a la solicitud de Argentina por varios razones, entre ellas que los tribunales argentinos no eran capaces de resolver la controversia de manera neutral.
Al resolver la cuestión, «la Corte sostuvo que la Argentina sí es un foro alternativo adecuado para este litigio pero que diversos factores de interés privado y público justifican que el litigio se tramite en Nueva York, incluyendo el hecho de que una de las sociedades demandantes tiene su base y opera desde Nueva York», explicaron las fuentes.
Como antecedente se recordó que la a República Argentina ya había solicitado el rechazo de la acción en base a la doctrina del foro no conveniente en septiembre de 2016, cuando también solicitó la desestimación de la acción argumentando la falta de jurisdicción de la justicia estadounidense en razón de su inmunidad soberana.
Ambos planteos fueron rechazados por la Corte ese mismo año, decisión que luego fue confirmada por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito y por la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos.
El fallo de hoy resaltó que el Procurador General de los Estados Unidos ya había señalado la oposición del Gobierno de aquel país a las peticiones de la República Argentina e YPF a la Corte Suprema por inmunidad soberana.
En ese sentido, el Procurador esgrimió el gran interés de los Estados Unidos en asegurar que «los Estados extranjeros que entran en los mercados de los Estados Unidos como agentes comerciales no disfruten de inmunidad frente a las demandas relativas a las violaciones de sus obligaciones comerciales».
Además, destacó el interés público de los Estados Unidos en general, y de Nueva York en particular, en los casos de litigio relacionados con títulos que cotizan en los mercados bursátiles de Nueva York y fueron ofrecidos a inversores de los Estados Unidos.
La jueza Preska ahora pedirá medidas de prueba a las partes (lo que se conoce como discovery) y decidirá, en consecuencia, los términos y el alcance del juicio.
«Argentina perdió de esta forma toda las instancias ante la justicia de Estados Unidos, el último fue de la legitimidad de llevar el caso en el país, y ya no hay más instancias que pelear, por lo que Burford Cap y Eton Park, hoy mismo van a pedir cobrar» expresó el analista financiero Sebastían Maril, de Research for Traders.
Los litigantes del juicio podrían ser resarcidos por daño económico por la cifra de entre 1.700 millones de dólares a 9.000 millones de dólares, según estimó el analista, en virtud de las demandas solicitadas oportunamente.
Fuente: Telam