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Política

Exención del Impuesto a las Ganancias: Arcioni celebró el anuncio de Sergio Massa y destacó que alcanza a más de 14 mil chubutenses

El ministro de Economía de la Nación anticipó que los salarios de hasta 880 mil pesos no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo. El mandatario provincial remarcó que la medida “será un alivio para los trabajadores y ayudará a recomponer el poder adquisitivo”.

El gobernador del Chubut, Mariano Arcioni, destacó este miércoles la exención del Impuesto a las Ganancias en el aguinaldo de los salarios de hasta 880.000 pesos anunciada por el ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa. La medida, que beneficiará a 14.391 chubutenses, “ayudará a recomponer el poder adquisitivo y a incentivar el consumo”, celebró el mandatario.

En su cuenta oficial de Twitter, Arcioni remarcó que se trata de “un alivio para más de medio millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país” e indicó que esta mejora del salario de bolsillo contribuye “al crecimiento de la actividad económica y de Argentina”.

“Una gran noticia que alcanza a más de 14.000 chubutenses”, subrayó el mandatario sobre la medida que beneficiará a un total de 513 mil trabajadores de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre 506.230 y 880.000 pesos.

Exención

El Proyecto de Decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los 880 mil pesos brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Según precisaron desde el Ministerio de Economía nacional, la medida implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los 110 mil pesos y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%.

En el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.

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