La Secretaría de Comercio Interior Nacional exigirá a los proveedores que vendan bienes y servicio a través de internet el link del «botón de arrepentimiento mediante el cual el consumidor podrá revocar la aceptación del producto o del servicio.
De acuerdo con una resolución de la Secretaría de Comercio Interior, a partir de la solicitud de revocación de la aceptación, el proveedor -dentro de las 24 horas y por el mismo medio- deberá informar al consumidor el número de código de identificación de arrepentimiento o revocación.
Según lo dispuesto, el «Botón de arrependimiento» deberá ser un link «de acceso fácil y directo desde la página de inicio del sitio de Internet institucional de los sujetos obligados y ocupar un lugar destacado, en cuanto a visibilidad y tamaño, no dejando lugar a dudas respecto del trámite seleccionado».
Asimismo, al momento de hacer uso del Botón, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite.
Comercio Interior estableció un plazo de 60 días corridos contados a partir de este lunes, para que los proveedores adecúen sus sitios de Internet al nuevo requerimiento.
En este marco, el organismo sostuvo que en el marco de la emergencia sanitaria, económica y social, «cobran relevancia los conflictos que se suscitan en el marco de relaciones de consumo en entornos digitales y la posibilidad de revocar la aceptación de los mismos».
«Ante esta situación, y ante las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dictadas a fin de atenuar la propagación de la pandemia, las modalidades de contratación a distancia, la necesidad de acceso a la información a través de internet respecto de bienes y servicios, y las vías electrónicas para efectuar la rescisión de los contratos, adquieren especial relevancia, resultando, en la mayoría de los casos, la única vía con la que las y los consumidores cuentan para acceder a estos derechos», añadió.
Y resaltó que el «Botón de arrepentimiento» tiene como objetivo «fomentar políticas de protección de los consumidores, que alienten la implementación de procesos transparentes para la devolución y reembolso de las transacciones».
