El Ministerio Público Fiscal impugnó el pasado lunes ante el Superior Tribunal de Justicia la sentencia que absolvió a dos imputados en la causa por contaminación ambiental en el Golfo Nuevo vinculada a la empresa pesquera Conarpesa.
La presentación fue realizada por el fiscal jefe Alex Williams y la fiscal general María Florencia Bianchi, quienes solicitaron que se revoque el fallo de la jueza Patricia Reyes, dictado el pasado 25 de agosto, que benefició a Nadine Parry y Josep Vargas.
Según los fiscales, la resolución contiene una “errónea aplicación de la ley penal”, motivación insuficiente y contradicciones que la vuelven arbitraria. Por ello, pidieron que se ordene un nuevo juicio oral.
El caso
La investigación determinó que en febrero de 2023 se utilizó un sistema clandestino de cañerías para volcar al mar líquidos industriales sin tratamiento. Las pericias confirmaron que las muestras de agua registraron niveles de contaminación muy por encima de lo permitido, con más de 1.500 mg por litro de materia orgánica, cuando la normativa fija un máximo de 50 mg.
Parry, como responsable ambiental de la empresa, y Vargas, encargado de la planta de efluentes, fueron señalados como responsables de ese accionar.
Fundamentos de la impugnación
La Fiscalía rechazó que hubiera existido un cambio en la acusación durante el juicio, como sostuvo la jueza Reyes para absolver a los imputados. “El hecho histórico se mantuvo inalterado: el volcado de efluentes crudos al mar a través de un bypass no declarado”, remarcaron los fiscales, subrayando que la defensa pudo ejercer plenamente sus derechos.
Asimismo, cuestionaron que la sentencia carezca de fundamentación suficiente y la calificaron como “plagada de subjetividades y adjetivaciones impropias de quien debe velar por la imparcialidad”.
El recurso destacó la trascendencia del proceso, recordando que los delitos ambientales afectan derechos humanos fundamentales como la salud y la vida. En este sentido, se citaron precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Acuerdo de Escazú, que obligan a los Estados a garantizar el acceso a la justicia en este tipo de causas.
El Superior Tribunal de Justicia deberá resolver si hace lugar a la impugnación. En caso de rechazo, el MPF ya efectuó la reserva de caso federal, lo que permitiría llevar el reclamo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
