Ingresó a la Honorable Legislatura de la provincia del Chubut un proyecto de Ley que mediante el Artículo 1 Bis de la Ley n°674, busca establecer la incorporación obligatoria del servicio de interpretación de la Lengua de Señas Argentina (LSA).
El proyecto tiene la autoría de la diputada Adriana Casanovas, acompañado por sus compareos de bloque, los diputados Belén Baskovc, Mónica Saso, Mario Mansilla, Carlos Mantegna y Rfael Williams.
El proyecto de Casanovas tiene como fin garantizar que los tres poderes públicos del estado provincial incluyan el servicio de lenguaje de señas en la celebración de los actos públicos provinciales y atención al público. Esta reglamentación también alcanza a las sociedades del estado y las sociedades anónimas con mayoría estatal.
En el artículo se detalla que las dependencias gubernamentales deberán contemplar con algunos puntos para adecuarse a la ley.
Un servicio de interpretación de la Lengua de Señas Argentina (LSA) en los actos de gobierno, patrios o festivos que sean transmitidos por medios audiovisuales.
Un agente o un miembro del personal administrativo, como mínimo, por Dependencia provincial, sociedad del Estado y sociedades anónimas con mayoría estatal, en donde se brinde atención al público, que esté capacitado en la interpretación de la Lengua de Señas Argentina (LSA). Conforme lo establecido en la ley I- 674.
Un servicio de cartelería que exprese de manera clara, que la Dependencia cuenta con un intérprete en Lengua de Señas Argentinas (LSA) a disposición de quien lo requiera.
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