Días atrás la Justicia resolvió que la protección del ambiente debe prevalecer sobre los intereses privados, al rechazar el pedido de una empresa que buscaba avanzar con un desarrollo urbanístico en la zona de Punta Marqués, al sur de Rada Tilly.
La decisión fue tomada por el juez Marcelo Andrés Nicótera, quien desestimó la solicitud de la firma Refugio de los Lobos S.A. para modificar la medida cautelar que mantiene paralizado el proyecto. De esta manera, se ratificó la vigencia de la restricción sobre el área, que actualmente forma parte del Área Natural Protegida Punta Marqués tras su reciente ampliación.
En su fallo, el magistrado sostuvo que el enfoque jurídico en materia ambiental es ecocéntrico, lo que implica priorizar la preservación del sistema natural por sobre intereses particulares. En ese sentido, remarcó que la normativa vigente obliga a actuar de manera preventiva, evitando autorizaciones sin un conocimiento claro del impacto que podrían generar.
La resolución también destaca que el proyecto quedó completamente incluido dentro de los límites del área protegida luego de la sanción de la Ley XI N° 95 por parte de la Legislatura de Chubut, lo que refuerza la necesidad de resguardar el espacio.
Además, el juez señaló que la empresa no cuenta actualmente con una declaración de Impacto Ambiental vigente, ya que la última autorización expiró en enero de 2024, lo que constituye otra limitación para avanzar con la iniciativa.
Si bien desde la firma argumentaron su pedido en base a acuerdos previos y antecedentes judiciales, estos planteos fueron rechazados por el tribunal al considerar que no generan derechos suficientes para modificar la situación actual.
En sus fundamentos, Nicótera subrayó que la protección ambiental no debe interpretarse como un freno al desarrollo, sino como una condición necesaria para garantizar su sostenibilidad a largo plazo, promoviendo un equilibrio entre crecimiento económico y preservación de los recursos naturales.
