En una audiencia de incidentes de ejecución, llevada a cabo en los tribunales penales del barrio Roca, se revocó la suspensión de juicio a prueba otorgada a Nicolás Méndez. La fiscal Gabriela Gómez, representando al Ministerio Público Fiscal, argumentó incumplimientos por parte del imputado en medidas relacionadas con un caso de violencia de género.
La suspensión de juicio a prueba había sido otorgada el pasado 8 de noviembre de 2022 por el término de 18 meses, por el delito de «desobediencia judicial» en un caso vinculado a violencia de género. A Méndez se le impusieron varias reglas de conducta, como mantener actualizado su domicilio, la prohibición de acercamiento a la víctima, por un radio de 100 metros, respecto de ella, su vivienda y lugares donde trabaja. Tampoco podía comunicarse por cualquier medio y se le impuso un tratamiento psicológico previo dictamen del Cuerpo Interdisciplinario Forense.
El 6 de agosto del presente año se recibió una notificación en la Oficina Judicial por parte del Juzgado de Familia sobre un expediente por violencia familiar por parte de la víctima. Se verificó el incumplimiento por parte de Méndez de las medidas dispuestas en la suspensión. Según se informó en la audiencia, Méndez se habría dirigido al domicilio de la víctima, se trepó por el paredón de la vecina y arrancó las cámaras de seguridad. Respecto de este hecho se generó un legajo en fiscalía por Violencia Familiar, que se encuentra en etapa preliminar.
La representante de fiscalía se refirió a la Ley de protección Integral a la Mujer, que dispone medidas preventivas urgentes en los casos de violencia de género. Y, ante el incumplimiento de las reglas de conducta impuestas a Méndez, correspondía la revocación de la suspensión de juicio a prueba. La defensa, por su parte, consideró correctas las expresiones de la funcionaria de fiscalía y se opuso a la revocación del beneficio de la suspensión.
El juez Ariel Tedesco destacó que estamos ante un hecho de violencia de género y que Méndez no cumplió con la notificación del Cuerpo Médico Forense ni mantuvo domicilio. Según lo relatado por la funcionaria de fiscalía, por el hecho de las cámaras, concluyó que Méndez no se motivó en la norma. Por lo tanto, decidió revocar la suspensión de juicio a prueba a Méndez.