Una jueza de Familia de Viedma dispuso el cuidado compartido de una perra de 10 años entre los integrantes de una expareja y sostuvo que el animal no debe ser considerado únicamente como un bien, sino como un ser sintiente capaz de establecer vínculos emocionales.
La decisión fue tomada en el marco de un conflicto que surgió luego de la separación de una pareja que convivió durante años junto a la mascota. Según se indicó, ambas personas mantenían inicialmente un acuerdo informal para compartir su cuidado, pero las diferencias posteriores llevaron el caso a la Justicia.
En la resolución, la magistrada señaló que, si bien el Código Civil y Comercial considera a los animales como bienes muebles, esa definición resulta insuficiente frente a la evolución de los criterios sociales y jurídicos vinculados a los animales domésticos.
Durante el proceso se acreditó que ambos integrantes de la expareja participaron activamente en la crianza de la perra desde sus primeros años. Testigos declararon que compartían tareas de cuidado y asistencia veterinaria, además de mantener un vínculo afectivo con el animal.
La jueza resolvió dejar de lado la discusión centrada en la propiedad y priorizó el compromiso de ambas partes con el bienestar de la mascota. Como resultado, estableció un régimen de cuidado compartido mediante el cual la perra permanecerá una semana con una de las personas y dos semanas con la otra.
Además, dispuso que ambos deberán intercambiar información vinculada a la salud del animal y compartir los gastos de traslado.
En los fundamentos del fallo, la magistrada citó antecedentes jurídicos y doctrinarios relacionados con la sintiencia animal y mencionó casos que reconocen la capacidad de los animales para sentir, sufrir y generar lazos afectivos.
La resolución también hace referencia al concepto de familia multiespecie, que propone reconocer a los animales de compañía como integrantes del grupo familiar a partir de los vínculos de afecto y cuidado que mantienen con las personas.
