En la localidad de Comodoro Rivadavia se modificó la ordeanza 3425/89 por lo que prohibe el uso de auriculares y cualquier tipo de pantallas dentro del habitácilo del vehículo.
La modifcación en la ordenanza también alcanzaría a los sistemas de posicionamiento global y mapas, por lo que se interpreta como una falta a la ordenza.
La ordenanza 3425/89 contempla las multas para las sanciones leves y graves previstas para el tránsito urbano en la ciudad de Comodoro Rivadavia. Durante la sesión del 16 de septiembre pasado, el Concejo Deliberante, aprobó una serie de modificaciones, entre ellas, la incorporación de la prohibición de uso de auriculares y pantallas.
La modificación del articulo 24° bis, queda redactado de la siguiente manera: «conducir utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor será reprimido con multa de 5 mil a 25 mil módulos«.
También, se incorporó el artículo 51 que plantea que «por no usar todos los ocupantes los correajes de seguridad reglamentarios, el titular del vehículo sea reprimido con multa de 2.500 módulos a 10 mil», en este sentido hace referencia a la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad que establece la regulación nacional.
Los módulos a pagar en concepto dependerán del valor actual fijado en la ordenanza tributaria anual.
