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Sociedad

Una inmobiliaria vendió un departamento “a estrenar” y en realidad era usado

La sala ‘D’ de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó a la firma inmobiliaria Adrián Mercado S.A. a indemnizar a una clienta por daño moral, tras haber publicitado y ofrecido un inmueble “a estrenar” cuando en realidad no lo era. La decisión judicial modificó un pronunciamiento anterior y estableció un monto $300.000 en concepto de resarcimiento.

La denunciante tenía un inmueble en la calle Nicasio Oroño y decidió venderlo debido a los altos costos de mantenimiento. Buscó su nueva casa en el sitio web Argenprop, donde encontró un departamento ubicado en la calle Primera Junta 1535, en Parque Chacabuco.

Según relató la compradora, un empleado de la inmobiliaria le exhibió el lugar y le aseguró que nadie había vivido en él, reafirmando la condición de “a estrenar” que se destacaba en el aviso publicado.

La mujer notó que la unidad estaba “algo” sucia y que la falta de luz le impidió advertir todos los desperfectos que presentaba. Sin embargo, la compraventa se escrituró el 16 de abril de 2019, por U$S 80.000.

Al mudarse, advirtió que el inmueble no era, en efecto, “a estrenar” como le habían informado. Alegó que la información le fue falseada, lo que la llevó a pagar un valor de mercado más alto del real.

Ante esta situación, apenas un mes después de la escrituración la mujer acordó con la empresa la reparación de varios vicios encontrados en el hogar. El acuerdo incluyó el cambio e instalación de una cocina nueva, una bañadera nueva, una cerradura nueva para la puerta de entrada, la reparación de madera en el mueble de la barra y el cajón bajo mesada, el reemplazo de cristales y carpintería metálica en los balcones, y una tapa de inodoro nueva.

Se fijó un plazo de veinte días para estas tareas, el cual venció el 10 de junio, e incluso se estipuló una cláusula penal de $1.000 por cada día de retardo en el cumplimiento.

La actora sostuvo que los arreglos se realizaron de manera parcial, por lo que reclamó el total cumplimiento del acuerdo y la ejecución de la cláusula penal. También denunció un enriquecimiento ilícito de la demandada al venderle una propiedad a un valor mayor del que correspondía.

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