La decisión fue presentada en el Boletín Oficial de este lunes y ocurre porque el producto no se encontraba autorizado para su comercialización, carecía de registros sanitarios y estaba falsamente rotulado, lo que lo convierte en ilegal.
Se trata de un producto vegano de la marca Augusta que se halla en infracción del artículo 3 de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA).
Además, informaron que el establecimiento de producción, ubicado en San Isidro, carecía de autorizaciones y registros para funcionar. El organismo recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del alimento en todo el territorio nacional.
