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El jefe de Gabinete, Juan Manzur y el ministro del Interior, Eduardo de Pedro reciben a gobernadores y representantes de más de 20 provincias para exponer sobre los alcances de la audiencia de conciliación convocada por la Corte Suprema entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por coparticipación. Buenos Aires, 30 de marzo de 2022. Foto: Laura Szenkierman/Jefatura de Gabinete de Ministros.

Economía

Mediante una Ley, el Gobierno autorizó a las provincias a subir impuestos

Además dispone que las provincias podrán aumentar el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo a través de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito.

El Gobierno promulgó la ley de consenso fiscal que permite a las provincias aumentar algunos impuestos y mejorar el control sobre la evasión impositiva.

Con la publicación del decreto 677/2022 en el Boletín Oficial – con las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Juan Manzur y del ministro de Economía, Sergio Massa, la iniciativa comenzó a regir.

El nuevo consenso fiscal fue firmado el 27 de diciembre del año pasado entre Fernández y 21 gobernadores, fue remitido al Congreso para su tratamiento y tardó varios meses para convertirse en ley.

La iniciativa obtuvo la aprobación de la Cámara de Diputados el 15 de septiembre último, con 136 votos a favor, 108 en contra y cuatro abstenciones.

Tal como informó NA, con la promulgación de la ley 27.687 las provincias quedan habilitadas para aumentar impuestos, como Ingresos Brutos y Sellos, aunque con topes máximos.

Además, la ley ratifica la decisión de evaluar durante este año la posibilidad de legislar sobre un impuesto a la herencia.

También contiene un capítulo denominado de “endeudamiento responsable”, que dispone que las provincias podrán aumentar el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo a través de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito.

En materia de responsabilidad fiscal, la iniciativa estipula que “la regla de límite de crecimiento del gasto estará regida en todos los casos por el incremento del PBI”.

En cuanto al impuesto a los Sellos, se estableció una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles; del 3% a la transferencia de automotores; y del 2% a los restantes actos, contratos y operaciones alcanzadas por este tributo en general.

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