La Cámara en lo Penal de Esquel confirmó la condena contra Fabián Esteban Díaz por un abuso sexual cometido en 2018 en un centro médico de Lago Puelo, aunque modificó parcialmente la pena impuesta tras el juicio por jurados. El profesional de la medicina deberá cumplir 8 años y medio de prisión efectiva y recibió además una inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina.
La resolución fue dictada luego de que la defensa impugnara la sentencia surgida del veredicto de un jurado popular. El tribunal de alzada revisó la prueba producida durante el debate y concluyó que los jurados contaron con elementos suficientes para considerar acreditada la acusación presentada por la Fiscalía.
Uno de los puntos analizados fue el testimonio de la denunciante. Los jueces consideraron válida su declaración y señalaron que las precisiones que fueron apareciendo progresivamente sobre la modalidad de la agresión son compatibles con los procesos de revelación de experiencias traumáticas de carácter sexual. Por ese motivo, descartaron que esas diferencias constituyeran contradicciones o afectaran la credibilidad del relato.
La Cámara también rechazó el planteo relacionado con la cobertura periodística del juicio. Según estableció el tribunal, no se acreditó que los integrantes del jurado hayan tenido contacto con las publicaciones durante el desarrollo del proceso ni que esa información hubiera condicionado su decisión.
Otro de los aspectos que quedó confirmado fue la consideración del contexto de violencia de género como agravante al momento de establecer la pena. Los jueces descartaron que su utilización implique sancionar dos veces el mismo hecho.
En cuanto a la conducta atribuida al médico, el tribunal sostuvo que las maniobras que fueron consideradas probadas, entre ellas la inmovilización y utilización de fuerza física, excedieron los límites de cualquier procedimiento médico legítimo y configuraron una conducta alcanzada por la legislación penal.
El hecho investigado ocurrió en julio de 2018, en un centro médico de Lago Puelo. De acuerdo con la acusación sostenida por la Fiscalía durante el juicio, Díaz habría utilizado su posición de autoridad y el contexto de la consulta para agredir sexualmente a la paciente y posteriormente amenazarla con el objetivo de evitar que contara lo ocurrido.
Para determinar la sanción también se tuvo en cuenta el abuso de la función profesional, la magnitud del daño provocado y las consecuencias psicológicas que persisten en la víctima, aspectos que fueron respaldados por peritajes especializados en trauma.































